viernes, 23 de mayo de 2008


En nuestra concepción, el trabajo es un derecho y un deber porque es justo que cada uno produzca por lo menos lo que consume. Los trabajadores constituyen uno de los pilares del proceso de cambio. En el momento en que teníamos que rescatar a la sociedad argentina de una concepción liberal, los trabajadores configuraron la columna vertebral del proceso. En la comunidad a que aspiramos, la organización de los trabajadores es condición imprescindible para la solución auténtica del Pueblo. A partir del principio de libre posibilidad de constituir sindicatos, el Justicialismo siempre se sustentó en el criterio de la indivisibilidad de la clase obrera organizada. Se requiere, en consecuencia, una sola central obrera. El fundamento del vínculo es la solidaridad. Las organizaciones sindicales viven al impulso de esa solidaridad, que es la que da carácter permanente a la organización, y la única fuerza indestructible que se aglutina. Ello con el claro sentido de que, además de la solidaridad de la organización, está vigente la esencia de la solidaridad individual de los hombres que la integran, por la sola razón de ser trabajadores. Los objetivos de las organizaciones de trabajadores residen en la participación plena, la colaboración institucionalizada en la elaboración del Proyecto Nacional, y su instrumentación en al tarea de desarrollo del país. Los trabajadores tienen que organizarse para que su participación trascienda largamente la discusión de salarios y condiciones de trabajo. El país necesita que los trabajadores, como grupo social, defina cuál es la comunidad a la que aspiran, de la misma manera que los demás grupos políticos y sociales. Se requiere la presencia activa de los trabajadores en todos los niveles. Ello exige actualización y capacitación intensas y exige, también, que la idea constituya el medio esencial que supere a todos los instrumentos de la lucha. Las organizaciones sindicales no valen solo por la cantidad de componentes que agrupan, sino también por los dirigentes capacitados que las conducen. Debe procederse a la formación de líderes en todos los niveles. Ello es fundamental para que los trabajadores cumplan con toda la responsabilidad social que este Modelo Argentino les asigna. La capacidad de decidir y para participar en las organizaciones de los trabajadores forma parte de las condiciones fundamentales del dirigente gremial. Los Derechos del Trabajador, consagrados en nuestra reforma constitucional de 1949, tienen plena vigencia e integran esta Modelo. Los derechos a trabajar, a una retribución justa, a la capacitación, a condiciones dignas de trabajo, a la preservación de la salud, al bienestar, a la seguridad social, a la protección de su familia, al mejoramiento económico y a la defensa de los intereses profesionales, contenidos en dicha reforma, tiene que ser adicionados con el derecho a la participación plena, en los ámbitos en los cuales el trabajador sea convocado por leyes especiales y, además, con el derecho de participación en las empresas en las cuales se desenvuelve.

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